La entrada en vigor el pasado 6 de Marzo, del Real Decreto-Ley 7/2019 de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler ha modificado la anterior Ley de Arrendamientos urbanos lo que supone una mejora y mayor protección para el inquilino de la vivienda.De manera que las cláusulas que se introducían en los contratos de alquiler otorgados con anterioridad al pasado 6 de Marzo, y que eran legales, han pasado a ser ilegales, o nulas por abusivas. Ver más.
El número de hogares que reside en alquiler supera por primera vez el 17% del total, mientras que la compra sigue reduciéndose desde 2014 hasta rozar el 76% de 2018. El 76,7% de los hogares tiene una vivienda en propiedad. El porcentaje de hogares que vive de alquiler alcanza un pico del 16,9%.Hoy día, la vivienda es cada vez menos accesible para los ciudadanos. Según un estudio elaborado por pisos.com, a partir de la Encuesta Anual sobre la Estructura Salarial del INE, el alquiler medio se sitúa en 780 euros mensuales, lo que equivale a una inversión del 40,4% del salario, muy por encima del 30,3% de hace un año. Ver más.
El contrato de alquiler con opción a compra es la unión de dos contratos, uno de arrendamiento, regulado en la Ley de Arrendamientos Urbanos, y otro de opción, que al no estar regulado en el Código Civil es un contrato atípico.Dicho contrato permite al arrendatario vivir, disfrutar del inmueble (vivienda o local) por un tiempo determinado fijado en el contrato. Finalizado este plazo, el arrendatario podrá optar por comprar el inmueble al precio pactado en el mismo, del que se descontaran las rentas del alquiler pagadas hasta ese momento. Ver más.
Según reciente sentencia del Tribunal Supremo las obras en una vivienda no incrementan el valor del terreno (que es lo que grava la plusvalía municipal), sino el valor de la construcción. Por tanto, el contribuyente no puede librarse del pago de este impuesto. Recordamos que el Constitucional estableció que es inconstitucional el cobro de la plusvalía municipal en aquellos casos de venta con pérdidas. Ver más.
El hecho de que los arrendatarios de las viviendas que se alquilan sean empresas y no personas físicas cambia la calificación jurídica de los arrendamientos. Pasando a convertirse en arrendamientos de uso distinto a vivienda, lo que supone importantes repercusiones para los arrendadores. Ver más.